viernes, 12 de julio de 2013

Es “política” la decisión del Tribunal de Aragua contra APUC y Rectora

Notitarde
La consideró “inoportuna” porque podría “entorpecer” diálogo

Aure calificó de “política” la decisión del Tribunal de Aragua

Valencia, julio 11 (Vanessa Carreño Rojas).- El secretario de la Universidad de Carabobo (UC), Pablo Aure, aseveró -este jueves- que la orden emitida por el Tribunal de Aragua “es política”, y prueba de ello es la inmediatez con la que fue atendido el recurso de amparo interpuesto por un grupo de estudiantes que, aparentemente, están identificados con el oficialismo.

Aure, quien consideró que la medida “es inoportuna” puesto que podría “entorpecer” los resultados de las negociaciones que se están dando entre los gremios y el Gobierno, también criticó que la justicia venezolana atienda con celeridad una solicitud hecha en tan poco tiempo, cuando hasta la fecha no se ha pronunciado en torno a la infinidad de reclamos que la institución ucista ha hecho contra el Ejecutivo.

“Si en realidad la justicia venezolana quisiera anteponer el derecho a la educación sobre el derecho a la huelga, se habrían resuelto muchas demandas que han intentado los rectores para que provea a las casas de estudio de los recursos necesarios para brindar una educación con calidad. Comenzando con el aumento de las becas del sector estudiantil que en los actuales momentos es de 400 bolívares”, precisó.

De igual forma, Pablo Aure rechazó que la medida dictada por el Juzgado también vaya en contra de la rectora de la UC, Jessy Divo de Romero, puesto que -aclaró- las autoridades universitarias “jamás” han convocado paralización de actividades. “Mal puede el Tribunal señalar a la Rectora como agraviante cuando en este conflicto el Consejo Universitario de la UC fijó posición y se pronunció en contra del paro como método de protesta”.

Aun cuando opina que la decisión no debió darse, por lo menos por ahora, el Secretario de la máxima casa de estudio de la región carabobeña expresó que el tema es de interés para la academia, sobre todo para los estudiantes de Derecho, ya que se presta para ser analizado e interpretado jurídicamente.

En ese sentido, señaló que hay una clara confrontación entre el derecho al estudio y el derecho a la huelga, los cuales están establecidos en la Constitución. El asunto jurídico -manifestó- es dirimir cuál de los dos derechos debe prevalecer cuando ambos entran en conflicto, tal como ocurre actualmente.

“No en todos los ordenamientos del mundo se consagra como un derecho la huelga en los servicios públicos, como lo admite nuestra Carta Magna en el artículo 97. Desde luego, no se trata de un derecho absoluto, sino que tiene que ser limitado en tanto pueda afectar derechos de igual o mayor importancia”, sostuvo Pablo Aure, toda vez que enfatizó que “el derecho al estudio no debe estar por debajo del derecho a la huelga”.

Para Aure, el derecho a la manifestación y a la protesta “es otra cosa” que, en su opinión, no debería implicar “el sacrificio de personas inocentes” y citó el caso del sector salud. “Un médico de un hospital jamás debería abandonar su trabajo, y más si está de guardia en una emergencia por muy justificada que sea su queja laboral, puesto que un paciente pudiera morir y el derecho a la vida es un derecho más trascendente indudablemente que el derecho a protestar o a la huelga. Lo mismo pudiéramos aplicar en la educación”, concluyó.
El Carabobeño
Aure: Medida cautelar evidencia politización en decisiones judiciales
Pablo Aure, secretario de la UC.(Foto Archivo El Carabobeño)
Leimar García Luzardo
lgarcia@el-carabobeno.com
Para Pablo Aure, secretario de la Universidad de Carabobo (UC), la medida cautelar que dicta el juzgado del municipio Linares Alcantara y Libertador de Maracay, contra la Asociación de Profesores de la casa de estudio y la rectora Jessy Divo de Romero, es evidencia de la politización en las decisiones judiciales. 
El también abogado y ex decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas, sostuvo a través de un comunicado, que si realmente se quisiera anteponer el derecho a la educación sobre el derecho a la huelga, se habrían resuelto las reiteradas demandas señaladas por los rectores, para proveer a las casas de estudio de los recursos necesarios para brindar una educación de calidad.
Tanto el derecho a la huelga como al estudio están establecidos en la Constitución, por lo que Aure considera que se debe dirimir cuál de los dos debe prevalecer cuando ambos entran en conflicto. “El derecho a la huelga no se trata de un derecho absoluto sino que tiene que ser limitado, en cuanto pueda afectar derechos de igual o mayor importancia. Prestar un servicio público implica el sacrificio de personas inocentes, como es el caso de la salud y lo mismo ocurre en la educación”. 
Aunque Aure no ha apoyado la paralización de actividades por considerarla una medida que afecta a los estudiantes y su desarrollo académico, comentó que la Ley de Amparo establece en su artículo 7 que esta acción es competencia de los Tribunales de Primera Instancia, y solo puede ser manejada por un juzgado del municipio si en el estado no existen tribunales tanto Contenciosos como de Primera Instancia, pero en Aragua si los hay. 
Lo primero que llama la atención, según el Secretario, es que el Tribunal ordenó el amparo contra la rectora de la UC quien ha anunciado en varias oportunidades su rechazo a la paralización de actividades, además el Consejo Universitario se pronunció contra el paro. Comentó que en un país donde se considera que las decisiones judiciales son politizadas, este amparo en lugar de poner fin al conflicto, pudieran agravar el asunto. 
Noticias24Carabobo

Foto:
(Valencia, 11 de julio. Noticias24 Carabobo) En un artículo de opinión, el secretario de la Universidad de Carabobo, Pablo Aure, manifestó que desde el punto de vista jurídico, la medida cautelar para que se reinicien las actividades académicas en la UC, núcleo La Morita, ordenada por un juzgado del estado Aragua, está en una clara confrontación de dos derechos: por una parte, el derecho al estudio, y por la otra, el derecho a la huelga.
Aure no descarta que en esta decisión tenga la mano metida la política. “Amparos de esta naturaleza, en un país donde todo el mundo desprecia las decisiones judiciales por politizadas, en lugar de aliviar o ponerle fin a un conflicto lo que pudieran es agravar el asunto”.

A continuación lea el artículo completo:

Lo primero que nos llama la atención es el Tribunal que ordenó el amparo contra la APUC y, extrañamente, contra la rectora de la Universidad de Carabobo que a todas luces no es agraviante.
La medida cautelar innominada la dicta un juzgado del municipio Linares Alcantara y Libertador de Maracay. Es necesario advertir que la Ley de amparo es clara al señalar en el artículo 7 que “Son competentes para conocer de la acción de amparo, los Tribunales de Primera Instancia que lo sean en la materia afín con la naturaleza del derecho o de la garantía constitucionales violados o amenazados de violación, en la jurisdicción correspondiente al lugar donde ocurrieren el hecho, acto u omisión que motivaren la solicitud de amparo”. Y en Maracay existen Tribunales tanto Contenciosos como de Primera instancia.
Ahora bien, tratando de estudiar el caso desde el punto de vista estrictamente jurídico ysin la excesiva penetración de factores políticos, debemos señalar que aquí están en clara confrontación dos derechos: por una parte, el derecho al estudio, y por la otra el derecho a la huelga.
No sería la primera vez que a la justicia toca valorar y sentenciar cuál de dos derechos constitucionales ha de tener primacía en una controversia. Es lo que se denomina la tesis de los contravalores. Por ejemplo: se han tratado muchísimos casos de choque entre el derecho a la información y el derecho a la intimidad en el ámbito penal. También cuando se aduce la legítima defensa o el estado de necesidad.
Tanto el derecho a la huelga como el derecho al estudio son derechos establecidos en nuestra Constitución. El asunto jurídico es dirimir cuál de los dos derechos debe prevalecer cuando ambos entran en conflicto, como es el caso que nos ocupa.
No en todos los ordenamientos del mundo se consagra como un derecho la huelga en los servicios públicos, como lo admite nuestra Carta magna en el artículo 97. Desde luego, no se trata de un derecho absoluto sino que tiene que ser limitado en tanto en cuanto pueda afectar derechos de igual o mayor importancia.
Otra cosa es el derecho a la manifestación y a la protesta. Pero dejar de prestar un servicio público implica el sacrificio de personas inocentes, como, por ejemplo, en el sector salud. Un médico de un hospital jamás debería abandonar su trabajo, y más si está de guardia en una emergencia por muy justificada que sea su queja laboral puesto que un paciente pudiera morir y el derecho a la vida es un derecho más trascendente indudablemente que el derecho a protestar o a la huelga. Lo mismo pudiéramos aplicar en la educación.
Desde luego, y vista la marcada politización de las decisiones judiciales, no se puede descartar que en esta decisión tenga la mano metida la política, lo cual sería nefasto. Pero sin dudas que la protección de derecho al estudio por un Juez de amparo pudiera tener consistencia contra quienes pretendan ilimitadamente sobreponer su derecho de huelga a dicho derecho.
Ahora, si en realidad la justicia venezolana en estos tiempos de “socialismo del siglo XXI” quisiera anteponer el derecho a la educación sobre el derecho a la huelga, se habrían resuelvo muchas demandas que han intentado los rectores para que provea a las casas de estudio de los recursos necesarios para brindar una educación con calidad. Comenzando con el aumento de las becas del sector estudiantil que en los actuales momentos es de 400 bolívares.
El Juzgado que dicta la medida se equivoca al señalar como agraviante a nuestra rectora magnifica, pues, ha quedado suficientemente demostrado que las autoridades no han hecho ninguna convocatoria a paralizar las actividades. Por el contrario, en este conflicto el Consejo Universitario de la UC ya se pronunció contra la paralización como método de protesta.
Amparos de esta naturaleza, en un país donde todo el mundo desprecia las decisiones judiciales por politizadas, en lugar de aliviar o ponerle fin a un conflicto lo que pudieran es agravar el asunto, lamentablemente.

No hay comentarios:

Publicar un comentario