jueves, 30 de abril de 2026

LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO EXIGE UNA TRANSICIÓN/ Dr. Alberto Sosa Olavarría

La situación que paso a describir en la Universidad de Carabobo (UC) refleja una crisis institucional profunda que ha sido objeto de debate y denuncia pública durante los últimos años. Es comprensible la frustración ante un panorama donde la autonomía universitaria parece verse vulnerada no solo desde afuera, sino desde su propia gestión interna.

Aquí te presento un desglose de los puntos clave sobre esta problemática, analizados desde una perspectiva institucional y legal:

1. El Conflicto de la Permanencia (Más de 16 años)

El hecho de que las autoridades universitarias en Venezuela —incluyendo a la Rectora Jessy Divo de Romero— superen con creces el período para el cual fueron electas (4 años) se debe a un limbo jurídico.

Sentencia 0324 del TSJ: En 2019, el Tribunal Supremo de Justicia suspendió las elecciones universitarias hasta que se modifiquen los reglamentos de votación.

Consecuencia: Esto ha generado una "prórroga indefinida" forzosa. Si bien las autoridades argumentan que no pueden abandonar el cargo sin una sucesión legal, esto ha derivado en un desgaste democrático severo.

2. El Quiebre Institucional: Rectoría vs. Secretaría

La denuncia sobre el desconocimiento de las funciones del Secretario de la UC es uno de los síntomas más graves de la crisis.

En una universidad autónoma, el Secretario es el custodio de la fe pública y la memoria institucional.

Cuando la Rectoría asume funciones que por ley (Ley de Universidades) corresponden a la Secretaría, se rompe el sistema de pesos y contrapesos, lo que facilita la opacidad en la toma de decisiones.

3. Irregularidades Administrativas y Activos

Las acusaciones sobre la venta de activos y la retención de aportes son temas que entran en el ámbito de la responsabilidad administrativa y penal:

Caja de Ahorros: La retención de los aportes (que son descontados del salario del trabajador pero no transferidos a la caja) es una práctica que asfixia el patrimonio social de los profesores. Legalmente, esto podría considerarse una apropiación indebida de fondos.

Venta de Activos: Cualquier enajenación de bienes universitarios debe pasar por la aprobación del Consejo Universitario y, en muchos casos, cumplir con protocolos nacionales de bienes públicos. La falta de transparencia en estos procesos suele ser el punto de partida para auditorías externas. Por último está intentando imponer como directivo de IPAPEDI un acólito con el antecedente de gestión bastante oscura.

¿Qué vías existen ante este escenario?

Contraloría Interna y Social: Las denuncias ante el Consejo Universitario son el primer paso, aunque si este cuerpo está alineado con la gestión, el efecto es nulo.

Instancias Nacionales: El Consejo Nacional de Universidades (CNU) y la Contraloría General de la República tienen la potestad de investigar irregularidades financieras en instituciones que reciben presupuesto público.

Presión Gremial: Las asociaciones de profesores (APUC) y sindicatos suelen ser los únicos entes con capacidad de movilización para exigir la rendición de cuentas.

Nota: La crisis presupuestaria actual de las universidades venezolanas a veces se utiliza como "manto" para justificar decisiones administrativas irregulares, pero la precariedad no exime a ningún funcionario de la obligación de transparencia y respeto a la Ley de Universidades.

Consideramos que existe dentro de la comunidad universitaria actual la fuerza suficiente para exigir una auditoría externa independiente,  pues es evidente que la estructura institucional está demasiado comprometida.

Para dar cierre a este análisis y convertir la reflexión en una propuesta de acción institucional, es necesario formular un exhorto que apele a la reserva moral y académica de la Universidad de Carabobo. Este llamado busca romper el silencio y fomentar una discusión técnica, ética y fundamentada. Por la Restitución del Hilo Institucional

A las autoridades rectorales, decanales y miembros del Consejo Universitario:

Se les insta a recordar que el ejercicio del poder en la universidad no es un privilegio personal, sino un mandato temporal supeditado a la Ley de Universidades y al reglamento interno. La prolongación excepcional de los cargos, lejos de justificar la opacidad, exige una transparencia doblemente rigurosa. El desconocimiento de las facultades de la Secretaría y la gestión de activos sin el debido escrutinio público no solo debilitan la gestión actual, sino que comprometen el futuro de la autonomía para las generaciones venideras.

A los colegas profesores, investigadores y personal administrativo:

La universidad es, por definición, el espacio de la verdad y el debate. El silencio ante la retención de los aportes a las cajas de ahorro y la desarticulación de los órganos de control nos hace corresponsables del deterioro del alma mater. No se trata de una pugna política, sino de la defensa de la meritocracia, la ética pública y la integridad institucional.

Para que este exhorto sea productivo, se propone a los colegas y autoridades opinar y actuar sobre los siguientes ejes:

Restablecimiento de la Institucionalidad: ¿Cómo garantizar que la Secretaría recupere sus funciones de custodia de la fe pública y cese la centralización de decisiones en la Rectoría?

Auditoría de Activos y Fondos: Es imperativo exigir una rendición de cuentas detallada sobre la enajenación de bienes institucionales y el destino exacto de las retenciones salariales no entregadas a los entes de previsión social.

Defensa de la Autonomía frente a la Gestión Interna: Debatir si la "resistencia" ante factores externos justifica la vulneración de los procesos democráticos internos.

Propuesta de Contraloría Social: Evaluar la creación de un Consejo de Veeduría Académica, integrado por profesores de reconocida trayectoria, que vigile la legalidad de los actos administrativos mientras persista el limbo electoral.

"La universidad no puede ser una institución que solo imparte conocimientos; debe ser el modelo de la sociedad que aspiramos construir: transparente, plural y respetuosa de la norma".

Este llamado no es solo una crítica, sino un reconocimiento de que la Universidad de Carabobo posee el capital intelectual necesario para autorregularse y sanear sus procesos, siempre que sus integrantes decidan ejercer su derecho a la opinión y la exigencia de cuentas. Alberto Sosa Olavarría. Prof Titular Jubilado. Especialista en Medicina Materno fetal. Doctor en Ciencias Medicas. Doctor Honoris Causa UNIMESO. Chiapas. México.

viernes, 24 de abril de 2026

Voto salvado adscripción de la DICAE al despacho de la rectora

VOTO SALVADO QUE PRESENTA EL

SECRETARIO DE LA UC, PROF. PABLO AURE, ANTE EL CONSEJO UNIVERSITARIO EN RELACIÓN CON LA DECISIÓN DE ADSCRIBIR LA DIRECCIÓN CENTRAL DE ASUNTOS ESTUDIANTILES (DICAE) AL DESPACHO DE LA RECTORÍA

Ciudadana
Rectora y demás miembros del
Consejo Universitario.
Sede del CU._

​Quien suscribe, PABLO AURE, en mi carácter de Secretario de la Universidad de Carabobo, autoridad electa por la voluntad soberana de la comunidad universitaria, de conformidad con las atribuciones legales y reglamentarias que ostenta mi cargo, procedo a SALVAR MI VOTO frente a la decisión de este cuerpo colegiado de adscribir la Dirección Central de Asuntos Estudiantiles (DICAE) al Despacho de la Rectora, fundamentado en las siguientes consideraciones:

​PRIMERO: De la Involución Institucional y el Talante Autocrático
Esta decisión representa una grave involución democrática que vulnera la arquitectura institucional de nuestra Alma Mater. Al desmembrar la Secretaría de su brazo operativo fundamental, la Rectora evidencia un talante autocrático que desconoce la historia republicana de la universidad. Se emulan aquí conductas que han llevado al país a la destrucción: valiéndose de mayorías mecánicas para anular las competencias del funcionario que resulta incómodo por su ejercicio de control y disidencia.

​SEGUNDO: De la Inexistencia de Justificación en la Competencia

Resulta técnica y administrativamente aberrante que la Dirección Central de Asuntos Estudiantiles sea arrebatada a la Secretaría. No existe justificación en la competencia ni fundamento funcional para que la Rectoría asuma atribuciones que, desde la reapertura de la UC en 1958, han sido consustanciales al Despacho del Secretario. Esta acción pretende vaciar el cargo de contenido y convertir a la Secretaría en una "autoridad de fachada".


​TERCERO: De la Indefensión Jurídica y el Riesgo de la "Firma a Ciegas"

La adscripción de la DICAE al Rectorado me coloca en una situación de grave riesgo jurídico y responsabilidad objetiva. Al perder el control administrativo sobre el personal que procesa expedientes académicos, se me pretende reducir a un simple "firmador" de documentos elaborados bajo una línea de mando ajena. Es una violación a normas elementales que el funcionario que debe dar fe pública sea obligado a firmar a ciegas documentos producidos sin su control, supervisión ni fiscalización directa.


​CUARTO: Del Móvil de Venganza ante el Reclamo de Transparencia

​Es imperativo dejar sentado que el verdadero móvil de este atropello es la venganza política ante mi insistencia en controlar los ingresos de las facultades y aquellos que recibe la Rectora a través de fundaciones sin rendición de cuentas. Mi empeño por auditar estos recursos y mi exigencia de utilizarlos para otorgar bonos de subsistencia a los trabajadores —priorizando a quienes hoy no tienen ni para medicinas o alimentos— ha resultado intolerable para una gestión que jerarquiza los recursos con fines proselitistas.

​QUINTO: De la Gestión Proselitista y la Precarización Laboral

​Denuncio la política de contratación de personal con sueldos de miseria para luego incorporarlos al personal al staff ordinario, con el único fin de garantizar un caudal electoral, mientras se ignora la estabilidad y el clamor de los trabajadores con mayor antigüedad. Se prefiere el crecimiento clientelar de la plaza laboral sobre la dignidad del personal que ha dedicado su vida a la UC. Esta práctica, sumada a la entrega de la autonomía universitaria al poder ejecutivo regional, marca el fin de la academia libre para convertirla en un apéndice gubernamental.


​SEXTO: Reserva Legal y Responsabilidad del Consejo

​Este Consejo Universitario, al avalar esta medida, incurre en un abuso de derecho y desviación de poder. Salvo mi voto y dejo constancia de que esta decisión está viciada de nulidad absoluta. Hago reserva expresa de todas las acciones legales, civiles y penales correspondientes para restaurar el orden jurídico y proteger la integridad de la fe pública que la Universidad de Carabobo deposita en mi firma.

La historia y el tiempo serán los testigos implacables de quiénes defendimos la libertad académica y quiénes, por conveniencia o temor, entregaron nuestra Alma Mater a sus destructores.

En Valencia, sede del Consejo Universitario, a los veinticuatro (24) días del mes de abril de 2026.


Prof. Pablo Aure
Secretario de la Universidad de Carabobo