sábado, 21 de diciembre de 2013

Autoridades únicas a veces son incompatibles con la Constitución

El Carabobeño









No puede admitirse que mediante un decreto el Ejecutivo “burle” un valor fundamental. (Foto El Carabobeño)
Beatriz Oliva | boliva@el-carabobeno.com
Ciertamente la Ley Orgánica de la Administración Pública de 2008 contempla en su artículo 73 la posibilidad de que el Presidente de la República pueda designar autoridades únicas de área para el desarrollo del territorio o programas regionales con las atribuciones que determinen las disposiciones legales sobre la materia y los decretos que las crean. Pero esa norma debe interpretarse conforme a un principio rector de nuestra Constitución como es el principio de descentralización. Así que no puede admitirse que con ligereza y mediante un simple decreto el Ejecutivo burle lo que es un valor fundamental y se permita menoscabar las competencias constitucionales de las autoridades estadales o municipales. Toda medida del poder nacional que tienda a centralizar competencias públicas, debe reputarse incompatible con a la Constitución y por ende desaplicarse. Los gobernadores y los alcaldes son expresión de la voluntad soberana del pueblo y sus territorios son entidades autónomas. El artículo 160 de la Constitución dice que el gobierno y la administración de cada estado corresponden al gobernador. Por otra parte  postula igualmente la Carta Magna que la profundización de la democracia como política nacional se lleva a cabo mediante los mecanismos de la descentralización, acercando el poder a la población. Por lo tanto, la referida norma que crea la figura de las autoridades únicas, a mi juicio, debe interpretarse muy restrictivamente, como por ejemplo, en caso de territorios  que por libre determinación de sus habitantes se incorporen a la República (como señala el artículo 14). Pero es incompatible con la Constitución cuando se persiguen fines que perfectamente caben dentro de las competencias de los estados o municipios. Todo amén de que la gente sabe que las autoridades únicas designadas por el gobierno nacional en lugares donde ha perdido las elecciones locales es con la aviesa intención política de generar paralelismos en el ejercicio del poder a quienes resultaron electos popularmente,  lo cual, de paso, les ha servido muy poco. Por ejemplo, en Caracas nombraron a Jaquelín Farías para contrarrestar a Ledezma y ya acabamos de ver el resultado. 

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