lunes, 25 de junio de 2012

Fernando Lugo: ¡bien botado!


¡Hasta Cuándo!
(Foto Efe)
Pablo Aure 
pabloaure@gmail.com
El pasado viernes el Senado paraguayo decidió destituir al presidente Fernando Lugo, acusado por la Cámara de Diputados de “mal desempeño de sus funciones”. Fue sustituido por el vicepresidente Federico Franco. 
Paraguay, o la República del Paraguay, es un país relativamente pequeño, con una población cercana a los 7.000.000 habitantes, ubicado en America del Sur, limítrofe con Argentina, Bolivia y Brasil. Ha tenido una historia reciente de convulsiones políticas. En el pasado no muy lejano sufrió dictaduras prolongadas y crueles como la del general Alfredo Stroesner, que permaneció 35 años en el poder, desde 1954 hasta 1989. 
Luego del derrocamiento de Stroesner, en Paraguay comenzó a hablarse de un nuevo texto constitucional, que determinaría el tiempo límite de duración de los mandatos presidenciales y la prohibición expresa de la reelección. En el año 1992, mediante proceso constituyente, los paraguayos aprobaron la Carta política, es decir, su Constitución Nacional, en la que de manera soberana delinearon su forma de gobierno y sus instituciones. Hoy, los paraguayos tienen un texto constitucional verdaderamente republicano, que respeta la alternancia en el ejercicio del gobierno y la división de poderes, con una Cámara del Senado que ejerce soberanamente las funciones de vigilancia y control del Poder ejecutivo. 
Juicio Político
Este fin de semana estuvimos revisando el caso del expresidente Lugo, visitando algunos portales electrónicos para opinar  desde nuestra óptica jurídica y política sobre lo que ocurrió en ese país. Según el texto constitucional guaraní, el Congreso de la República tiene dos Cámaras: la del Senado, integrada por 45 senadores,  y la Cámara de Diputados, conformada por 80 diputados. Examinamos las competencias de cada una de ellas y observamos que el artículo 225 contempla la figura del juicio político, puesta en escena para destituir a Fernando Lugo.  
Este artículo 225 de la Constitución -es bueno leerlo- establece: “Artículo 225.- El Presidente de la República, el Vicepresidente, los ministros del Poder Ejecutivo, los ministros de la Corte Suprema de Justicia, el Fiscal General del Estado, el Defensor del Pueblo, el Contralor General de la República, el Subcontralor y los integrantes del Tribunal Superior de Justicia Electoral, sólo podrán ser sometidos a juicio político por mal desempeño de sus funciones, por delitos cometidos en el ejercicio de sus cargos o por delitos comunes.  La acusación será formulada por la Cámara de Diputados, por mayoría de dos tercios. Corresponderá a la Cámara de Senadores, por mayoría absoluta de dos tercios, juzgar en juicio público a los acusados por la Cámara de Diputados y, en caso, declararlos culpables, al sólo efecto de separarlos de sus cargos. En los casos de supuesta comisión de delitos, se pasarán los antecedentes a la justicia ordinaria”. Como puede notarse, así como nuestra Constitución venezolana prevé la moción de censura para remover al Vicepresidente, o a los ministros; y el abandono del cargo para remover al presidente, en Paraguay dicha norma prescribe que pueden separarse del cargo a altas autoridades del Estado, entre ellas al Presidente de la República. 
Que quede claro: a Lugo el Congreso lo evaluó y lo sancionó políticamente, como lo prevé el texto constitucional paraguayo. Los juicios que puedan derivarse con posterioridad ante la jurisdicción ordinaria, son otra cosa. En esos casos esgrimirá razones jurídicas en su defensa. En otras palabras: a Lugo se le condenó por su mal desempeño como gobernante, calificación que la Constitución atribuye discrecionalmente a las Cámaras del Congreso, y lo hace una mayoría calificada de más de los 2/3 de sus integrantes. 
Causas de remoción de Lugo
Ahora bien: ¿cuáles fueron las causas por las que 73 diputados de los 80 que integran la Cámara decidieran acusar al presidente; y cuáles fueron las razones para que 39 de los 45 senadores decidieran destituirlo? Nombraré tres de las más relevantes:  “1.-En el año 2009, con autorización del Presidente Lugo, se realizó una concentración política de jóvenes en el Comando de Ingeniería de las Fuerzas Armadas, el que fue financiado por instituciones del Estado. Acto de naturaleza netamente política, y con los exabruptos ampliamente difundidos por los medios de prensa, ese acto solo pudo ser realizado con la autorización del Comandante en Jefe, prueba de que el Gobierno avaló, instigó y facilitó esos actos políticos dentro del cuartel es que varios importantes funcionarios del Gobierno participaron del evento pronunciando discursos, 2. El Gobierno del Presidente Lugo fue el único responsable como instigador y facilitador de las recientes invasiones de tierras en la zona de Ñacunday... El presidente Lugo ha utilizado a las fuerzas militares para generar un verdadero estado de pánico en toda esa región, violando el derecho de propiedad e ingresando a inmuebles de colonos” También se le acusa de haber fortalecido a los grupos criminales que amenazan a los ciudadanos y que llegan a lo más bajo, atentar contra la vida de otros.  Los diputados y senadores hicieron valer el artículo 173 de su Constitución: “...Los militares en servicio activo ajustarán su desempeño a las leyes y reglamentos, y no podrán afiliarse a partido o a movimiento político alguno, ni realizar ningún tipo de actividad política”. Ellos saben del peligro que representa politizar al ejército, pues no quieren volver a tener a un Stroessner más nunca en Paraguay. En el congreso se dejó constancia de que “El presidente ha humillado a las Fuerzas Armadas, a las fuerzas públicas, la Policía nacional” se le atribuyó que ni en la más oscura época de la dictadura se han hecho actos políticos en los cuarteles.  También el Congreso reconoció que hubo violación a la garantía de la propiedad privada, señalada en el artículo 109 de la Constitución paraguaya, que textualmente dice: “...Se garantiza la propiedad privada, cuyo contenido y límites serán establecidos por la ley, atendiendo a su función económica y social, a fin de hacerla accesible para todos.  La propiedad privada es inviolable...”. Sus acusadores argumentaban que “el único instigador de invasiones de tierras en la zona de Ñacunday es Fernando Lugo”, muestra una conducta cómplice  “Mientras las invasiones se realizaban el presidente se exhibía con puertas abiertas a los líderes de las invasiones” 
Y otra de las razones para removerlo fue haberlo responsabilizado políticamente por el incremento de la inseguridad por la que atraviesa Paraguay.  El Presidente Lugo ha sido absolutamente incapaz de desarrollar una política y unos programas que tiendan a disminuir la creciente criminalidad. 
Autonomía y separación de los Poderes
En conclusión, lo que  vimos en Paraguay no es sino una demostración del funcionamiento de las instituciones políticas, ratificándose que la soberanía no reside en un caudillo, sino en el pueblo; que el poder que se le otorga al presidente no es ilimitado; que tiene control, y que los desafueros cometidos en ejercicio de los altos poderes del Estado pueden acarrear la destitución del cargo sin más, mediante un juicio político. 
Tenemos que estar claros que la legítima representación de la mayoría popular se expresa con más nitidez a través del Poder legislativo, en el Congreso. 
No hay dudas: las cosas no estaban funcionando bien en Paraguay. Por eso, la casi totalidad de los miembros del Congreso Nacional aprobó la destitución de Fernando Lugo. Los diputados y senadores fueron elegidos en el mismo proceso electoral en que fue electo el presidente depuesto, por lo que tienen igual legitimidad de origen. 
Abandono del cargo en Venezuela
Aquí es imposible soñar con solicitar el “abandono del cargo” del presidente de la República, aunque el artículo 233 de la CRBV lo establezca como una de las causales para que se considere la falta absoluta “el abandono del cargo, declarado éste por la Asamblea Nacional”. Razones para pedir el abandono hay muchísimas, por ejemplo, en este último año el presidente ha pasado la mayoría del tiempo en Cuba.  También abandono del cargo, de acuerdo con la doctrina, se da cuando no se cumplen las funciones para las cuales ha sido electo un funcionario, o que éste permita o estimule el relajamiento de las instituciones subordinadas a él. Se imaginan a un Chávez en Paraguay. No hubiese durado lo que Lugo duró. No solo ha hecho actos proselitistas en los cuarteles, sino que le ordena a la tropa actos rigurosamente políticos partidistas obligándolos incluso a afirmarse chavistas.  En cuanto a las invasiones a tierras, no es que las ha impedido, sino que se mofa de la propiedad privada y de los productores, confiscándoles sus pertenencias y estimulando continuamente a los invasores a perpetrar esos hechos delictivos. 
Cito esas dos causales para no hablar del incremento del índice delictivo desde que Chávez llegó al poder. Todos sabemos que él es el responsable inmediato de la alta criminalidad nacional. Para qué hablar de los colectivos que financia o la justificación por él expresada para proteger a los pistoleros de Puente Llaguno. En fin, qué sana envidia sentimos los venezolanos por la fortaleza de las instituciones públicas paraguayas. 
 @pabloaure
pabloaure.blogspot.com

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