Ciudadana
Presidenta y demás
Magistrados de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia
Su
sede.-
Expediente
nº.
2013-001
Yo, Pablo Aure Sánchez, venezolano,
identificado con cédula de identidad nº. V-5.208.546, mayor de edad,
domiciliado en la ciudad de Valencia, estado Carabobo, abogado e inscrito en el
Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el nº. 24.211, actuando en mi
propio nombre, acudo por ante esta honorable Sala, con la finalidad de “ratificar” la solicitud presentada en
fecha 8 de enero de 2013, mediante el cual, se requería la DESIGNACIÓN DE UNA JUNTA MÉDICA que permitiera evaluar las condiciones
de salud del ciudadano Presidente de la República (Hugo Rafael Chávez Frías).
Desde el día de la presentación de la solicitud al
día de hoy, se mantienen los elementos que sustentaron la petición y, aún más,
cobra mayor importancia, la intervención del Tribunal Supremo de Justicia, a
través de la Sala Plena [Control
judicial], ante la persistente y notoria “enfermedad” del ciudadano Presidente de la República.
En fecha 22 de febrero de 2013, el Ministro de
Comunicación e Información, en cadena de radio y televisión leyó un “comunicado”, al que citamos de
seguidas:
Comunicado
El Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela informa al pueblo venezolano sobre la evolución de la salud del Comandante Presidente Hugo Chávez, tras la intervención quirúrgica practicada el pasado 11 de diciembre en La Habana, Cuba.
El Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela informa al pueblo venezolano sobre la evolución de la salud del Comandante Presidente Hugo Chávez, tras la intervención quirúrgica practicada el pasado 11 de diciembre en La Habana, Cuba.
Como se informó oportunamente, el
Presidente arribó al país a las 2.30 am del pasado lunes y se encuentra
actualmente en el Hospital Militar Dr. Carlos Arvelo, en la parroquia San Juan
de Caracas.
La insuficiencia respiratoria surgida
en el curso del postoperatorio persiste y su tendencia no ha sido favorable,
por lo que continúa siendo tratada.
En cambio, el tratamiento médico para
la enfermedad de base continúa sin presentar efectos adversos significativos
hasta el momento.
El paciente se mantiene en comunicación
con sus familiares, con el equipo político del Gobierno y en estrecha
colaboración con el grupo médico de trabajo.
El Presidente se mantiene aferrado a
Cristo, con máxima voluntad de vida y con la mayor disciplina en el tratamiento
de su salud.
El Gobierno Bolivariano agradece al
pueblo sus espontáneas manifestaciones de amor, alegría y solidaridad ante la
llegada del Comandante Chávez a la Patria venezolana, sublime actitud que contrasta
notablemente con la inhumanidad de los gestos y expresiones irrespetuosas de
parte de la derecha hacia el líder revolucionario.
Asimismo, el Gobierno Bolivariano
agradece a pacientes, personal médico, trabajador y obrero del Hospital
Militar, el cual ha continuado funcionando normalmente en la atención al pueblo
venezolano, como es la voluntad del Comandante Presidente.
¡Que viva Chávez¡
Caracas, 21 de febrero de 2013.
En el comunicado, consideramos importante resaltar:
La
insuficiencia respiratoria surgida en el curso del postoperatorio persiste y
su tendencia no ha sido favorable, por lo que continúa siendo tratada.
En cambio, el tratamiento médico para la
enfermedad de base continúa sin presentar efectos adversos significativos
hasta el momento. (Subrayados añadidos)
La
intervención que, aún no ha sido atendida y esperamos sea resuelta con la
urgencia debida, debe considerar de INMEDIATO
la activación y nombramiento de una junta médica que permita informar a los
ciudadanos sobre el estado del salud del ciudadano Presidente de la República.
La
enfermedad de suyo, apareja una limitación en las capacidades físicas y, por
ello, sólo el criterio objetivo de un equipo médico puede ofrecer un
diagnóstico y pronóstico de la situación de salud para determinar si el
Presidente de la República puede estar en condiciones de ejercer el cargo con
las responsabilidades que ello implica –tal
como lo expusimos profusamente en nuestra solicitud-.
Por
otra parte, es importante subrayar el tema de las responsabilidades
constitucionales y, en específico, la que posee el Tribunal Supremo de Justicia
–en razón de su competencia- ante una
situación fáctica como la planteada, lo cual, resulta imperativo proceder a la
activación del mecanismo jurídico-constitucional dispuesto en el artículo 233 C .N.
La
gravedad de la circunstancia que tiene dos puntos de conexión: El “tiempo” de convalecencia del ciudadano
Presidente y la “invariabilidad” de
la enfermedad de base que lo aqueja, como los elementos que precisan la NECESIDAD y URGENCIA para la designación de la junta médica.
El
resultado de lo determinable por una junta médica sería un punto de marca para
precisar los caminos institucionales que deben seguirse para garantizar la
gobernabilidad y asegurar la efectividad del texto constitucional; es sobre
este último punto que recae el mayor peso institucional sobre el Tribunal
Supremo de Justicia, cuyo rol en este momento de la vida nacional es INELUDIBLE.
Por
las razones antes expuestas, RATIFICO
los pedimentos realizados ante esta Sala Plena en fecha 8 de enero de 2013 y proceda a DESIGNAR
–de forma inmediata- una “Junta Médica” que permita evaluar las condiciones y estado de
salud del Presidente de la República.
Es justicia que espero en la ciudad de Caracas, a
los 26 días del mes de febrero de 2013.
PABLO AURE SÁNCHEZ
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