miércoles, 26 de septiembre de 2012

Gobierno nacional usurpa funciones en materia carcelaria


Prof. Pablo Aure, Secretario de la UC
Cárceles deben ser descentralizadas por mandato constitucional
·        Gobierno Nacional usurpa funciones  en materia carcelaria ya que por mandato expreso de la Constitución es competencia de los estados y municipios la administración de los recintos carcelarios.

Es obligatorio y urgente descentralizar las cárceles venezolanas. Para nadie es un secreto que los centros carcelarios se han convertido en depósito de seres humanos, violándoseles sus derechos a la dignidad y a la privacidad y, esencialmente, a la reinserción a la sociedad.
El Estado venezolano está en mora con el mandato constitucional prescrito en el artículo 272 (*) que postula un sistema penitenciario donde se asegure la rehabilitación de los internos y el respeto a sus derechos humanos.
Desde el mismo momento en que alguien ingresa a un centro penitenciario, comienzan las constantes violaciones en su contra. En primer lugar, no son sometidos a un proceso de evaluación para su clasificación, como lo ordena la ley. Además, no existe para el interno un período de observación, para definir el espacio donde deberá ser recluido, y no se toman en cuenta el tipo de delito, la edad y el estado de salud. Lo encierran y punto.
De nada sirve tener unos preceptos constitucionales que ordenan la descentralización y el trato digno para los internos, si no contamos con un gobierno interesado en promoverlos y respetarlos.
Las cárceles son lugares donde impera la ley del más fuerte. En todos los recintos penitenciarios venezolanos se repite lo mismo: hacinamiento y ocio como características fundamentales. Salir vivo de una cárcel ya es una proeza. Cómo vamos a esperar que en esas condiciones se pueda rehabilitar a los internos. El Estado no se ocupa de las políticas dirigidas a la rehabilitación del interno, al punto de que ni la seguridad está en manos de profesionales capacitados. Los llamados pranes son quienes en verdad mandan en los centros penitenciarios.
No tengo dudas de que si se respetara la Constitución se deberían descentralizar las cárceles. Los internos merecen un trato digno, y las penitenciarías deberían convertirse en instituciones productivas en dos vertientes: una, para el interno y sus familiares; y la otra, para la región y el país, mediante un esfuerzo conjunto de los gobiernos municipal y estadal.
El interno, dependiendo de sus competencias y habilidades, pudiera desempeñarse en labores productivas, tales como actividades manufactureras, por ejemplo promoviendo fábricas de ropa, zapaterías, carpintería, talleres, cultivos, o cualquier otro tipo de actividad bajo la supervisión de personal penitenciario. Ellos tendrían su contraprestación monetaria que los ayudaría a contribuir con el sustento familiar. Para el país sería un paliativo porque convertiríamos un sector ocioso en una clase trabajadora. Pero, además, pudiéramos también privatizarlas como lo contempla la Constitución y convertir las cárceles en emporios industriales.
Hemos dicho muchas veces que nuestra Universidad de Carabobo, a través de su Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas y el Instituto de investigaciones panales y criminológicas, puede cooperar en este proceso descentralizador.    
Finalmente, debo decir que aplaudo las iniciativas del gobierno regional en este sentido. Sería oportuno interponer una demanda ante el Tribunal Supremo de Justicia  para exigir que se cumplan con los postulados constitucionales en aras de la descentralización que ordena el artículo 272 CRBV.  Es imperativo descentralizarlas, por lo que el Gobierno Nacional está en mora hace 13 años y nada ha realizado al respecto.
*Artículo 272. El Estado garantizará un sistema penitenciario que asegure la rehabilitación del interno o interna y el respeto a sus derechos humanos. Para ello, los establecimientos penitenciarios contarán con espacios para el trabajo, el estudio, el deporte y la recreación, funcionarán bajo la dirección de penitenciaristas profesionales con credenciales académicas universitarias, y se regirán por una administración descentralizada, a cargo de los gobiernos estadales o municipales, pudiendo ser sometidos a modalidades de privatización. En general, se preferirá en ellos el régimen abierto y el carácter de colonias agrícolas penitenciarias. En todo caso las fórmulas de cumplimiento de penas no privativas de la libertad se aplicarán con preferencia a las medidas de naturaleza reclusoria. El Estado creará las instituciones indispensables para la asistencia pospenitenciaria que posibilite la reinserción social del exinterno o exinterna y propiciará la creación de un ente penitenciario con carácter autónomo y con personal exclusivamente técnico.
Pablo Aure

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