lunes, 15 de julio de 2013

Resolución del Consejo Universitario @UCarabobo instando a la reincorporación de actividades académicas de aula

                                                            


                                                                                                                                              203º y 154º              

CU-004-1701-2013                                                                                 15/07/2013  

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD DE CARABOBO
CONSEJO UNIVERSITARIO

El Consejo Universitario de la Universidad de Carabobo, institución nacional autónoma domiciliada en Valencia, Estado Carabobo, creada mediante Decreto del Ejecutivo Nacional de fecha 15 de noviembre de 1892 y Decreto de reapertura signado con el N° 100 de fecha 21 de marzo de 1958, publicado en Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 25.617 de fecha 22 de marzo de ese mismo año; a tenor de los supuestos previstos en el artículo 26 de la Ley de Universidades.

CONSIDERANDO

Que es deber de las autoridades universitarias velar por los intereses de la  institución en todos los ámbitos, sean académicos, administrativos y laborales de los trabajadores.


CONSIDERANDO

Que conforme a lo previsto en el artículo 103 de la carta magna, que establece el derecho a la educación  integral de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, a todos los ciudadanos.

CONSIDERANDO

Que  corresponde al Consejo Universitario conforme lo prevé el artículo 26 numeral 1 de la Ley de Universidades, la coordinación de las labores de enseñanza, investigación y demás actividades académicas de la institución.

CONSIDERANDO

Que se ha presentado en la institución universitaria una situación de conflicto  laboral por la decisión unilateral por parte del Ejecutivo Nacional de establecer  una Convención Colectiva Única con desconocimiento de los representantes legítimos del sector docente universitario.
                                                                                                             
CONSIDERANDO

Que vista la proximidad del receso vacacional, la aprobación por parte del Ejecutivo Nacional de la partida para el pago de los Cursos de Nivelación y Avance, y el clamor del estudiantado en solicitar la incorporación inmediata a las aulas a fin de culminar  sus estudios semestrales o anuales.


CONSIDERANDO

Que el gobierno  Nacional  se comprometió a la instalación de mesas de trabajo para buscar una solución al conflicto universitario, y de hecho se encuentran en curso la negociación entre las partes, con la incorporación de la Federación de Asociaciones de Profesores Universitarios de Venezuela.

CONSIDERANDO

Que en fiel cumplimiento a la normativa universitaria contemplada en la Constitución y demás leyes de la República, y que en nada suponga a la renuncia de las Normas de Homologación ni  a las reivindicaciones de carácter salarial del personal universitario.

RESUELVE

Instar a los Profesores Universitarios de la Universidad de Carabobo, a la incorporarse a las actividades académicas de aula a partir del miércoles 17 de julio del presente año a fin de que  conjuntamente con el alumnado en general se reprogramen las mencionadas actividades docentes, pudiendo  incluso utilizarse parte del periodo vacacional.                                                                            

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 En la ciudad de Valencia, en la sede del Consejo Universitario de la Universidad de Carabobo a los quince (15) días del mes de julio de dos mil trece (2013).

Atentamente,


Pablo Aure Sánchez
Secretario


PAS/MAC/TB/naylet                                                                                                                                       Pág. 02/02Resolución

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