viernes, 8 de marzo de 2013

Diputado Diosdado Cabello es quien debe asumir Presidencia

Notitarde.-

Abogado y secretario de la UC Pablo Aure

Diputado Diosdado Cabello es quien debe asumir Presidencia

Daisy Linares
Valencia, 7 marzo 2013.- El secretario de la Universidad de Carabobo y ex decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas, Pablo Aure, afirmó ayer que el presidente de la Asamblea Nacional, AN, Diosdado Cabello, de acuerdo al artículo 233 de la Constitución es quien debe asumir la Presidencia, mientras se convocan y realizan las nuevas elecciones universales (que de acuerdo al artículo 233 debe ser en un lapso de 30 días) para elegir al Presidente de la República quien asumirá hasta el 10 de enero de 2019.

A su juicio, con la muerte del presidente Chávez, antes de tomar posesión y ser juramentado, se debe abrir de nuevo el camino constitucional a menos que el Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, se vuelva a pronunciar. 

-No podemos opacar ni asaltar el derecho ante una situación tan lamentable como la pérdida de un ser humano quien se desempeñó como jefe de Estado por 14 años, pero insisto: “la decisión del TSJ el nueve de enero sobre continuidad administrativa perdió vigencia, ya que los supuestos se referían a la enfermedad y a su recuperación”.

“Respeto al dolor del oficialismo; pero, no podemos dejar de alzar la voz ante este flagrante golpe de Estado dado por Nicolás Maduro y avalado por los poderes constituidos. Entiendo la voluntad de Hugo Chávez, pero Venezuela es una república, cuyos mandatos se transmiten de acuerdo a la Constitución y no a la voluntad unipersonal”.

-El artículo 233 es claro al establecer las formas de suplir las faltas absolutas del Presidente: “Cuando se produzca la falta absoluta del Presidente electo antes de tomar posesión, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los 30 días consecutivos siguientes. Mientras, se elige y toma posesión el nuevo Presidente, se encargará de la Presidencia de la República el presidente Asamblea Nacional”.

-Hugo Chávez no tomó posesión para su nuevo periodo constitucional, la decisión del TSJ en fecha 9 de enero lo reconoció, así como que no lo podía hacer hasta que, que existiera “constancia del cese de los motivos sobrevenidos que hayan impedido la juramentación”. 

-Como ciudadano reprocho de la manera más enérgica las declaraciones del ministro de la defensa, Almirante en Jefe José Diego Molero en las cuales pide votar por Nicolás Maduro “para dar en la madre a todos los fascistas” aunque entiendo y respeto el dolor que pueda aquejar al almirante Molero, su llamado a votar por Maduro avergüenza a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.

Y, precisamente lo hacen actuar no como un militar al servicio del país, la democracia, la pluralidad y de respeto a la institucionalidad como debe ser un militar activo, y más aún Ministro de la Defensa que debería garantizar todos los valores democráticos.

Chávez no puede ser sepultado ahora en el Panteón 

En cuanto a los anuncios de algunos funcionarios del Gobierno nacional que pretenden trasladar los restos del ex presidente, Hugo Chávez al Panteón Nacional, debo aclarar que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 187, ordinal 15, establece como uno de los requisitos para que la Asamblea Nacional, AN, pueda acordar honores del Panteón Nacional a venezolanos que hayan prestado servicios eminentes a la República es condición indispensable que hayan transcurrido 25 años del fallecimiento, destacó el abogado. 

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